Legal · PBC/FT
Prevención de blanqueo de capitales
Última actualización: Mayo 2026
1. Marco normativo
EV2 Grupo de Inversión SL (en adelante, AIIA Inmuebles), como agente de intermediación inmobiliaria, es sujeto obligado conforme al artículo 2.1.o) de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (en adelante, Ley 10/2010), su Reglamento de desarrollo (Real Decreto 304/2014) y la normativa comunitaria aplicable (Directivas (UE) 2015/849 y 2018/843).
Esta política describe las medidas internas de prevención, identificación, diligencia debida y conservación de documentación que AIIA Inmuebles aplica en todas las operaciones de compraventa, alquiler e intermediación inmobiliaria en las que participa.
2. Órgano de control interno
AIIA Inmuebles ha designado un Representante ante el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC), responsable del cumplimiento de las obligaciones de comunicación previstas en la Ley 10/2010. Las consultas y comunicaciones en esta materia pueden dirigirse a info@aiia.capital indicando en el asunto "PBC/FT".
3. Identificación formal del cliente
Con carácter previo a establecer cualquier relación de negocio o ejecutar operaciones, AIIA Inmuebles identifica formalmente a todas las personas físicas o jurídicas que pretendan intervenir en una operación, exigiendo:
- Nombre y apellidos o razón social.
- DNI, NIE, pasaporte o, en su caso, escritura/CIF de la persona jurídica.
- Domicilio y datos de contacto.
- Profesión, actividad económica o sector empresarial.
Estos documentos se obtienen mediante copia y se conservan durante el plazo legal establecido.
4. Identificación del titular real
Cuando el cliente sea una persona jurídica, AIIA Inmuebles identificará al titular real conforme al artículo 4 de la Ley 10/2010, entendiéndose por tal toda persona física que posea o controle, directa o indirectamente, un porcentaje superior al 25% del capital o derechos de voto, o que ejerza por otros medios el control de la entidad.
5. Origen de los fondos
En operaciones de compraventa, intermediación o entrada en la red privada de inversores, AIIA Inmuebles podrá requerir documentación acreditativa del origen lícito de los fondos aportados (nóminas, declaración de la renta, escrituras, contratos, certificados bancarios, etc.), así como una declaración expresa por parte del cliente.
6. Diligencia debida reforzada
Se aplicarán medidas reforzadas de diligencia debida en los siguientes casos:
- Personas con responsabilidad pública (PEP), sus familiares y allegados.
- Operaciones con clientes residentes en países o territorios calificados como de alto riesgo por el GAFI o la Unión Europea.
- Operaciones a distancia sin presencia física del cliente.
- Operaciones complejas, inusuales o sin propósito económico aparente.
- Pagos recibidos en efectivo por importe igual o superior a 1.000 €, o totales por encima de los límites del artículo 7.1 de la Ley 7/2012.
7. Limitaciones a los pagos en efectivo
Conforme al artículo 7 de la Ley 7/2012, no se admitirán pagos en efectivo iguales o superiores a 1.000 € (o 10.000 € si el pagador es persona física no residente y no actúa en calidad de empresario o profesional). Estos importes podrán actualizarse según la normativa vigente en cada momento.
8. Comunicación de operaciones sospechosas
AIIA Inmuebles comunicará al SEPBLAC, por iniciativa propia y de forma inmediata, cualquier hecho u operación, incluso la mera tentativa, respecto del que existan indicios o certeza de estar relacionado con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo. Esta comunicación está amparada por el deber de confidencialidad previsto en los artículos 24 y 25 de la Ley 10/2010 y no constituirá vulneración de las restricciones sobre revelación de información.
9. Conservación de la documentación
Toda la documentación obtenida en el marco de esta política se conservará durante un plazo mínimo de 10 años desde la finalización de la relación de negocio o la ejecución de la operación, conforme al artículo 25 de la Ley 10/2010.
10. Formación de los empleados
AIIA Inmuebles desarrolla acciones formativas periódicas dirigidas a sus empleados y colaboradores con el fin de que conozcan las obligaciones derivadas de la normativa de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
11. Protección de datos
El tratamiento de los datos personales obtenidos en cumplimiento de esta política se realiza al amparo del artículo 32 de la Ley 10/2010, que constituye la base legitimadora del tratamiento conforme al RGPD y la LOPDGDD. Para más información puede consultar la Política de privacidad de AIIA Inmuebles.
12. Compromiso del cliente
Al contratar los servicios de AIIA Inmuebles o registrarse en la red privada de compradores e inversores, el cliente declara conocer y aceptar esta política y se compromete a:
- Facilitar de forma veraz cuanta documentación e información le sea requerida.
- Comunicar cualquier modificación relevante de sus datos.
- Garantizar el origen lícito de los fondos destinados a la operación.
13. Contacto
Para cualquier consulta relativa a esta política puede dirigirse a:
EV2 Grupo de Inversión SL · CIF B75872473
Plaza Elíptica 6, 48009 Bilbao, Bizkaia
info@aiia.capital (asunto: "PBC/FT")
